
Nuevas normas para el etiquetado y reciclaje de envases alimentarios 2025
Desde el pasado 1 de enero, los envases domésticos deben indicar el contenedor adecuado para su reciclaje, según el Real Decreto 1055/2022. También deben especificar si son reutilizables y llevar los símbolos correspondientes. Si están hechos de varios materiales, se debe señalar el contenedor correcto según el material predominante, salvo que haya una alternativa más viable para el reciclaje.
Además, se prohíben etiquetas con términos como "respetuoso con el medio ambiente", para evitar su abandono en el entorno.
El incumplimiento de las normas impuestas en el Real Decreto puede derivar en sanciones e incluso en la suspensión de actividad en la Comunidad Autónoma correspondiente.
Asismismo, partir del 1 de enero de 2030, algunos envases de plástico de un solo uso estarán prohibidos en la UE, incluyendo los de frutas y verduras frescas, productos servidos en cafeterías, porciones individuales y bolsas de menos de 15 micras. Aunque aún faltan detalles sobre excepciones, el sector agroalimentario ha manifestado su oposición a estas restricciones.
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